sábado, 7 de junio de 2008

Ya no retienen los brevetes por pasar la luz roja


El Ministerio de Transportes y Comunicaciones publicó el jueves el Decreto Supremo 019-2008-MTC, que modifica el cuadro de tipificación, las multas y las medidas preventivas aplicables a las infracciones de tránsito.
1. La Policía Nacional del Perú no podrá retener el brevete de los conductores que cometan infracciones muy graves a las normas de tránsito: cruzar una intersección o girar con la luz del semáforo en rojo; desobedecer las indicaciones del efectivo de la PNP asignado al control del tránsito y no detenerse al llegar a un cruce ferroviario a nivel.
2. Quienes incurran en las faltas tipificadas de muy graves por el Reglamento Nacional de Tránsito, deberán pagar 140 soles de multa, monto equivalente al 4% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente.
3. Si bien el Decreto Supremo 019-2008-MTC elimina la retención del brevete para las infracciones señaladas en el punto 1 (pasarse la luz roja o desobedecer al policía), esa medida seguirá vigente para otras 30 faltas al Reglamento Nacional de Tránsito, que figuran en el Decreto Supremo 003 que el MTC publicó en enero del 2003, informó el consultor Luis Quispe Candia.
4. La Policía de Tránsito puede retener la licencia de conducir a quienes adelantan en forma indebida a otro vehículo o sobreparan, por llevar más pasajeros de los permitidos, circular o estacionarse sobre aceras, áreas verdes, pasos peatonales y demás lugares prohibidos. Además, por manejar un vehículo con la puerta, capó o maletera abierta cuando está en marcha, por no reutilizar el carril derecho para recoger o dejar pasajeros y por no respetar los límites máximos y mínimos de velocidad, entre otras faltas.
5. Se retiene la licencia de conducir y el vehículo a los conductores que, entre otras faltas, estacionen interrumpiendo el tránsito, conduzcan en estado de ebriedad o bajo los efectos de drogas, verificado por examen, o por negarse a este.
6. La retención del brevete debe constar en la papeleta y el efectivo policial está obligado a remitirlo en el término de 24 horas de impuesta la papeleta a la autoridad municipal provincial. El conductor lo recupera al pagar la multa, pero de tener un mínimo de tres faltas muy graves acumuladas, el MTC suspende la licencia por un año. En el 2007 se retuvieron 5.760 brevetes por tener procesos de suspensión o inhabilitación.

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